Testamentos

Testamentos

Un testamento es la declaración de voluntad de una persona con respecto a cómo se repartirán sus bienes, una vez que ya no esté. Hacer testamento tiene sin duda muchas ventajas, ya que los herederos sabrán exactamente qué era lo que quería su familiar, evitando así posibles dudas o conflictos. Es importante tener en cuenta que en España existen diferentes tipos de testamentos, cada uno con unas características propias. Entre los testamentos comunes, encontramos los siguientes:

Tipos de testamentos

  • Testamento abierto. Se le conoce con este nombre porque el contenido del testamento es conocido por los herederos antes de que el testador fallezca. Para realizar dicho testamento es necesario acudir a un notario, el cual certificará que se cumplen con las condiciones exigidas por la Ley. Esta opción es una de las más utilizadas en España.
  • Testamento cerrado. Es muy similar al anterior, con la diferencia de que el contenido del testamento se encuentra en un sobre o pliego cerrado, el cual solo se abrirá tras el fallecimiento del testador.
  • Testamento ológrafo. Es un testamento escrito del puño y letra del testador. La principal diferencia con los dos anteriores es que no precisa de un notario para ser otorgado. Sin embargo, esto conlleva una gran problemática, ya que existirá el riesgo de que el testamento no cumpla con todos los requisitos legales y, por ello, sea declarado nulo. Otro problema añadido es los testamentos ológrafos a veces no llegan a conocerse, ya que el testador los tenía guardados y no se llegan a encontrar. Para evitar estas dificultades, lo más conveniente en que en su redacción nos asesore un abogado especializado en herencias, el cual verificará que se cumplen con los requisitos que pide la Ley.

Además de estas opciones, que corresponden a los testamentos comunes, también podemos encontrar los llamados testamentos especiales. En España existen tres: el militar, el marítimo, y el hecho en país extranjero.

  • Testamento militar. Es una opción que permite expresar su voluntad a las personas que se encuentran en determinadas circunstancias que, precisamente por ello, les haría muy complicado seguir los cauces habituales. Esta modalidad admite que el testamento se haga por la vía abierta o cerrada, como hemos comentado previamente. También se distingue entre testamento militar ordinario y extraordinario (este último, referido a quienes se encuentren en peligro de muerte). Dado que es una figura algo compleja, le aconsejamos que nos consulte si desea saber más sobre la misma.
  • Testamento marítimo. En línea con la opción anterior, el testamento marítimo también permite otorgar la voluntad cuando se está a bardo de un navío y no se puede seguir el procedimiento habitual. Este testamento admite las formas abierta, cerrada y ológrafa; asimismo, también existe una forma ordinaria y otra extraordinaria, reservada para los casos de naufragio.
  • Testamento otorgado en país extranjero. Las personas españolas pueden hacer testamento incluso aunque se encuentren fuera del territorio nacional, en cuyo caso se tendrán que seguir unas normas especiales. Básicamente, se tiene la opción de hacer testamento conforme a las leyes del país en que se encuentren o hacerlo conforme a las leyes españolas. En nuestro Despacho de Valencia podremos asesorarle sobre cómo hacer testamento fuera de España, si fuera esta su situación.

Como podemos ver, existen varios tipos de testamentos y cada uno tiene unas formalidades propias, por lo que sin duda es conveniente contar con un abogado de herencias para que nos ayude durante el proceso de redacción del contenido, además de resolver todas las dudas que tengamos. Solo así podremos asegurarnos que nuestro testamento es plenamente válido, evitando que sea declarado nulo.

Por otro lado, si consideramos que no estamos de acuerdo con el contenido de un testamento, tenemos la opción de impugnarlo. Esto puede ocurrir por diversos motivos: porque el testador no nos haya incluido como legitimarios o herederos forzosos; porque no se respete nuestra cuota de legítima; por falta de capacidad del testador; porque el testamento se realizase mediante violencia, intimidación o fraude; porque el testador nos hubiera desheredado sin causa justa para ello; y porque el testamento tenga defectos de forma. Si este fuera su caso, recuerde que también haremos todo lo posible por realizar la impugnación del testamento y defender sus derechos.

Para ponerse en contacto con Abogado Herencias Valencia, solo tiene que pedir cita previa por teléfono o a través de internet. Una vez recibidos sus datos, ya podremos estudiar su caso de manera individual y guiarle durante el resto del proceso.